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BCRA flexibiliza el cepo y endurece restricción cruzada

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En un nuevo paso hacia la normalización del mercado de cambios, el Banco Central (BCRA) emitió una serie de resoluciones que desarman capas del «cepo» cambiario, enfocándose en facilitar la operatividad de exportadores y el gasto de argentinos en el exterior. No obstante, la autoridad monetaria mantuvo la guardia alta al endurecer los plazos de la denominada «restricción cruzada».

La medida busca reducir los costos de transacción para las empresas y simplificar la vida financiera de las personas humanas, buscando que el ingreso de divisas sea por incentivo y no solo por obligación normativa.

1. Beneficios para Personas Humanas

El Central igualó el tratamiento de bienes con el de servicios, eliminando fricciones para pequeños exportadores:

  • No obligatoriedad de liquidar: Los particulares que exporten bienes ya no tienen la obligación de vender sus dólares en el Mercado Libre de Cambios (MLC). Sí persiste la obligación de ingresarlos al país, pudiendo mantenerlos en cuentas locales en moneda extranjera.

  • Viajes al exterior: Se eliminó el límite de u$s 50 para retiros de efectivo (adelantos) con tarjeta de crédito fuera del país. Esto facilita el manejo de divisas para turistas argentinos en el extranjero.

2. Oxígeno para Empresas y Exportadores

Se modificaron los plazos de ingreso de divisas, permitiendo que las compañías tengan mayor manejo de su capital de trabajo:

  • Exportaciones a filiales: El plazo se estira de 60 a 180 días (para montos de hasta u$s 200 millones anuales).

  • Rubros específicos e industria: Sectores como la indumentaria y bienes de capital (incluyendo tecnología nuclear y espacial) ahora cuentan con 365 días para ingresar sus divisas.

  • Deudas comerciales: Se permite el pago de Obligaciones Negociables (ON) y deudas comerciales hasta 3 días antes del vencimiento, eliminando la prohibición de anticipar pagos técnicos.

  • Cobertura cambiaria: Se habilita el acceso al MLC para contratar seguros de cambio o coberturas sobre deudas en monedas distintas al dólar (ejemplo: cubrir deuda en yuanes mediante derivados en USD).

3. Deuda Intrafirma y «Dinero Atrapado»

Se habilitó una vía para cancelar deudas con casas matrices o empresas del mismo grupo que estaban bloqueadas:

  • Condición: Solo se permite si existe una refinanciación de la deuda con un plazo promedio de 4 años y un período de gracia de 3 años.


4. La contrapartida: Restricción Cruzada

Como medida de control para evitar arbitrajes que presionen sobre los dólares paralelos, el BCRA endureció una condición clave:

  • Compromiso de No Operar: Quienes accedan al mercado oficial para transferir dólares al exterior deberán firmar una declaración jurada comprometiéndose a no operar activos con liquidación en moneda extranjera (como MEP o CCL) por un plazo de 90 días.

  • Efecto: Esta medida busca que quienes reciben los beneficios de la flexibilización no utilicen esos pesos o dólares para alimentar la brecha cambiaria en los mercados financieros.

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